RESOLUCIÓN GENERAL N° 19-2019 -D.G.R.-
Modifica anexo XV de la RG 54/07 sobre Agentes de recaudación de los impuestos sobre los Ingresos Brutos
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. Nº 3395 del 03-01-20.-
Dictado el 12-12-19.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
VISTO:
El artículo 188 del Código Fiscal (t.o. 2018) y la Resolución General Nº 54/07, sus modificatorias; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Anexo XV de la citada Resolución General establece que la Dirección de Recursos Naturales debe actuar como Agente de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuando los responsables adquieran precintos para la caza deportiva en la Provincia de La Pampa;
Que, resulta necesario adecuar los conceptos por los que se emite las guías de tránsito y se debe percibir el anticipo del citado gravamen;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 8º y 9º del CódigoFiscal (t.o. 2018);
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1º: Reemplazar el Anexo XV de la Resolución General Nº 54/07 y sus modificatorias, por el Anexo de la presente, entrando en vigencia desde su publicación.-
Artículo 2º:Regístrese, elévese copia al Ministerio de Hacienda y Finanzas, pase al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido, ARCHÍVESE.
C.P.N. Lorena L. MERKEL, Subdirector General de Rentas.
ANEXO
ANTICIPO FAUNA
Sujetos comprendidos
Dirección de Recursos Naturales, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios del Ministerio de la Producción.
Obligaciones
Practicará la percepción en el momento en que los responsables se presenten a adquirir:
1.-Precintos u otro tipo de identificación, para la caza deportiva en la Provincia de La Pampa, o
2.-Guías de tránsito para el transporte interjurisdiccional o interno de ejemplares o subproductos de la fauna silvestre.
Determinación del anticipo
1.-Precintos:
a) Puma.................................................$ 3.205.-
b) Ciervo Colorado Trofeo (12 omas puntas)...$ 2.444.-
c) Ciervo Colorado Selectivo........................$ 701.-
d) Antílope.............................................$ 621.-
e) Búfalo................................................$ 2.444.-
f) Ciervo Axis..........................................$ 1.422.-
g) Ciervo Dama........................................$1.422.-
h) Muflón................................................$1.202.-
i) Domésticas y otras (cabra cuatro cuernos, cabra Ibex y cara negra)...............................................$541.-
2.-Guía de Transito
a) Ciervo................................................$ 76.-
b) Kilo de Velvet.......................................$9.-
c) Kilo de Volteo.......................................$ 9.-
La Dirección de Recursos Naturales no deberá exigir el pago a cuenta que se establece en el punto 2, cuando el solicitante de la guía de tránsito justifique haber oblado la percepción al momento de adquirir los precintos